terreno en venta playa brava - col6088t

Brava
Precio de Venta U$S460,000 Actualizado 16-08-2022
COL6088T En Venta 5 Fotos

terreno en venta playa brava - col6088t

  • Código : COL6088T
  • Codigo Interno: 6088
  • Zona: Brava
  • Superficie: 2050

Venta de Lote en Playa Brava, Punta del Este.
Atención Inversores, Lote apto para altura a metros del Mar. Consulte por asesoramiento personalizado!!!

Detallamos debajo ordenanza de construcción sujeta a cambios:

Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.243
VOLUMEN V
TEXTO ORDENADO DE NORMAS DE LA EDIFICACIÓN - TONE
LIBRO II
PARÁMETROS DE EDIFICACIÓN
PARTE
LEGIslaTIVA
TÍTULO II
Región Maldonado - Punta del Este
CAPÍTULO VI
Sector 4 - Aparicio Saravia
SECC. ÚNICA
Artículo D.243
Zona 4.1.2 Barrio Jardín Sector Aparicio Saravia.

a) Límites: Corresponde predios del resto del Sector Aparicio Saravia.



b) Normas especiales: No se autorizan bloques altos.



c) Dimensiones mínimas de predios:

Para Altura 15m: 2500m2 , frente de 30 m.

Para Altura 9m : área 1000 m2 y frente mínimo 20 m.

Para bloque Altura 7m: área 1000 m2 Sin frente mínimo.

Conj. de unid. locativas aIsladas o apareadas: 1000 m2 por unidad o par.



d) Retiros mínimos: - Frontales: 4 m.

Altura Mayor a 9 m.: 6 m.

- Bilaterales: Alturas Mayores a 9 m.: 5 m.

3 m. para bloques, debiendo la suma promedial debe ser Mayor a 8 m.

2 m. para Unidades Locativas aIsladas o apareadas, debiendo la suma promedial debe ser Mayor a 6 m.

- De fondo: Alturas Mayores a 9 m.: 8 m.

Altura Mayores a 7 m.: 5 m.

Altura menor o igual a 7 m.: 3 m.

Distancia entre unidades o bloques: Altura 15 m.: 8 m.

Altura 9 m.: 6 m.

Altura 7 m.: mínimo de 5 m.



e) Altura máxima: 15 m. (PB +4PA).

9 m. (PB + 2PA).

7 m. (PB + PA).

Áticos: En caso de techos inclinados a partir de un 30% de pendiente y cumpliendo con la altura máxima definida para la zona podrán conformarse entrepisos (áticos) que ocupen hasta el 50% del área de la última planta. Las construcciones comprendidas en el ático no serán computadas como nivel ni en el FOT, no podrán conformar nuevas unidades, debiendo ser parte de la Unidad del último nivel y su acceso será exclusivamente desde el interior de ésta.



f) Ocupación:

Bloques F.O.S SS: 40%

F.O.S.: 20%

F.O.S. PA: 20%

F.O.T.: Altura 15 m.: 80%

Altura 9 m.: 60%

Altura 7 m.: 40%

F.O.S V: 50%

Unidades locativas aIsladas o apareadas: En los solares con área inferior a 500 m2 y superior a 1.000 m2, regirán los siguientes parámetros:

FOS SS FOS FOS V FOT

ST 500 30 30 40 60

ST 1.000 20 20 60 40

En los solares con área intermedia, los factores de ocupación se obtendrán de la interpolación de los anteriores valores.



g) Salientes: hasta 2 m en área edificandi y en un 35% de la superficie de la fachada.



h) Índice de ponderación (Decreto 3870): 0,4 (Cero con cuatro)

Ordenanza anterior: Sector Balneario Zona 3.1. Subzona 3.1.6.


Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3911 de 2012-12-18 Artículo 17

Características

  • Superficie: 2050
  • Frente: 0
  • Fondo: 0
  • Apto PH: Si
  • Vista: Al Mar

Fotos de la Propiedad (5)

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