WNT173T
En Venta

Precio

U$S250,000

20-02-2023

Superficie: 273m2

Terreno de 273 m2 con 16,5 metros de frente, 16,5 de profundidad y 16,50 de contra frente, apto para edificar en altura.
Actualmente tiene una casa edificada de 174 m2.

Artículo D.189
Subzona 1.2.5. Resto de Zona Centro de Punta del Este.

a) Límites: Integran esta subzona los predios de la zona Centro Punta del Este, excluidos los comprendidos en las otras subzonas.
b) Normas especiales: Se deberá tener especial cuidado en el proyecto y tratamiento de las azoteas a cuyos efectos se presentará conjuntamente con el plano, una planta de las azoteas indicándose los materiales de terminación.
c) Retiros mínimos:
- frontales: - 4 mts.
- sobre Ramblas: 6 mts.
- bilaterales y de fondo: 3 mts.
d) Altura máxima: 12 mts. (Planta baja, dos plantas altas y un penthouse). El penthouse deberá guardar un gálibo de 45 grados sobre las calles frentistas al predio.
e) Ocupación: F.O.S S.S. 80%
F.O.S.: 30%
F.O.T.: 120%
F.O.S. Verde: 20%

f) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 mts. en toda la extensión del volumen edificado sobre el retiro frontal.
g) Acondicionamiento: Las zonas de retiro frontal serán enjardinadas por lo menos en un 50 .

20-02-2023

CCP33440T
En Venta

Precio

U$S365,000

10-10-2022

Superficie: 1002m2

Lote en venta, el terreno consta de 1000 metros cuadrados.
Excelente Ubicación , a cuadras del mar en Portezuelo, Punta Ballena.

Por mas información consulte con nuestros asesores.

Capital Real Estate
+598 92 445 656
capitalrealestateuy.com

Normas especiales:
b1) En las construcciones que se realicen en la costa de la Laguna del Diario, el nivel principal debe situarse a un metro por encima de la línea de máximas crecientes.
b2) No se autorizan bloques.
c) Dimensiones mínimas de predios: Conjuntos de unidades locativas aisladas o apareadas: 1000 m2.por unidad o par.
d) Retiros mínimos:
- frontales: 6 mts. sobre predios fiscales y 4 mts. el resto.
- bilaterales: 2 mts. debiendo su suma promedial ser Mayor a 6 mts.
- de fondo: 3 mts.
En la zona de Portezuelo, cuando la faja non edificandi de 30m ha sido fusionada a los padrones linderos a la anteplaya, las edificaciones deberán respetar 36 mts. de retiro frontal y las piscinas deberán respetar 30m de retiro frontal. (Decreto 3876 del 6 de Julio de 2010).
Los demás parámetros de edificación (FOS, FOT, etc.) se calcularán computando el área total del padrón.
e) Altura máxima: 7 mts. (PB + PA)
f) Ocupación: Se rige por la norma general de la zona 3.1 Barrio Jardín.
g) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 mts.

Parámetros de edificación:

FOS: 30%
FOS PA: 25%
FOS SS: 70% (con un pozo absorbente de 2 m3 cada 100mc de subsuelo y siempre que el área que excede el contorno del edificio esté totalmente enterrada a una profundidad de 60 cm y su cubierta sea enjardinada respetando el FOS verde y la Ordenanza de Forestación)
FOSV: 70%
FOT: 510%
Retiros: Retiro frontal mínimo a calles, Rambla y espacios públicos: 10m.

Altura: La altura máxima admitida no podrá superar 70m de altura al exterior de la losa superior del último piso habitable más servicios (Tanques de agua, caja de escaleras y ascensores) y no es de aplicación el Art. 166°. No se permite la construcción de Penthouse por encima de los 70m de altura.

Normas Especiales:

a) Toda nueva construcción que se incorpore a la Manzana Nº 815 deberá ubicarse de la mitad del predio hacia atrás, de la dimensión que tiene la manzana, entre su límite enfrentado a la Rambla Lorenzo Batlle Pacheco y la Avda. Mar del Plata en su contrafrente, de manera que los edificios en altura, queden más próximos a la Avda. Mar del Plata. Deben dejarse libre de volúmenes edificados (nuevos), los metros cuadrados de suelo comprendidos de la mitad de la profundidad del predio hacia adelante (frente Rambla). Quedan exceptuados de esta condición los metros de construcción que eventualmente puedan anexarse al edificio original del Hotel San Rafael, en el proyecto para su preservación y reciclaje.

b) La volumetría de construcciones nuevas en altura, no podrá ser superior a dos torres. Para ese caso, la separación entre las edificaciones en altura será evaluada según el diseño final de la volumetría de la arquitectura planteada. Se considerará para ello si el enfrentamiento entre caras de volúmenes, es parcial o total, por forma o por implantación. La separación mínima no podrá ser inferior a 15m.

c) Los parámetros establecidos referidos a FOS y FOT, incluyen los metros de la edificación existente original del Hotel San Rafael.

d) El FOS máximo establecido del 30% implica la asignación de hasta un máximo de 20% para el edificio existente y su posible reforma. Dicho valor parcial podrá afectarse a la baja, hasta un mínimo de 15%, para el caso que se requiera de hasta otro 15% como máximo, para basamentos o primeros niveles de nuevas edificaciones.

10-10-2022

CCP33441T
En Venta

Precio

U$S367,000

10-10-2022

Superficie: 1000m2

Lote en venta, el terreno consta de 1000 metros cuadrados.
Excelente Ubicación , a cuadras del mar en Portezuelo, Punta Ballena.

Por mas información consulte con nuestros asesores.

Capital Real Estate
+598 92 445 656
capitalrealestateuy.com


Normas especiales:
b1) En las construcciones que se realicen en la costa de la Laguna del Diario, el nivel principal debe situarse a un metro por encima de la línea de máximas crecientes.
b2) No se autorizan bloques.
c) Dimensiones mínimas de predios: Conjuntos de unidades locativas aisladas o apareadas: 1000 m2.por unidad o par.
d) Retiros mínimos:
- frontales: 6 mts. sobre predios fiscales y 4 mts. el resto.
- bilaterales: 2 mts. debiendo su suma promedial ser Mayor a 6 mts.
- de fondo: 3 mts.
En la zona de Portezuelo, cuando la faja non edificandi de 30m ha sido fusionada a los padrones linderos a la anteplaya, las edificaciones deberán respetar 36 mts. de retiro frontal y las piscinas deberán respetar 30m de retiro frontal. (Decreto 3876 del 6 de Julio de 2010).
Los demás parámetros de edificación (FOS, FOT, etc.) se calcularán computando el área total del padrón.
e) Altura máxima: 7 mts. (PB + PA)
f) Ocupación: Se rige por la norma general de la zona 3.1 Barrio Jardín.
g) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 mts.
Subzona 3.1.7 - Parámetros específicos para Manzana Nº 815 de la Localidad Catastral Punta del Este
Límites: El área de referencia queda definida por la Manzana Catastral Nº 815 de Punta del Este.
Parámetros de edificación:
FOS: 30%
FOS PA: 25%
FOS SS: 70% (con un pozo absorbente de 2 m3 cada 100mc de subsuelo y siempre que el área que excede el contorno del edificio esté totalmente enterrada a una profundidad de 60 cm y su cubierta sea enjardinada respetando el FOS verde y la Ordenanza de Forestación)
FOSV: 70%
FOT: 510%

Retiros: Retiro frontal mínimo a calles, Rambla y espacios públicos: 10m.

Altura: La altura máxima admitida no podrá superar 70m de altura al exterior de la losa superior del último piso habitable más servicios (Tanques de agua, caja de escaleras y ascensores) y no es de aplicación el Art. 166°. No se permite la construcción de Penthouse por encima de los 70m de altura.

Normas Especiales:

a) Toda nueva construcción que se incorpore a la Manzana Nº 815 deberá ubicarse de la mitad del predio hacia atrás, de la dimensión que tiene la manzana, entre su límite enfrentado a la Rambla Lorenzo Batlle Pacheco y la Avda. Mar del Plata en su contrafrente, de manera que los edificios en altura, queden más próximos a la Avda. Mar del Plata. Deben dejarse libre de volúmenes edificados (nuevos), los metros cuadrados de suelo comprendidos de la mitad de la profundidad del predio hacia adelante (frente Rambla). Quedan exceptuados de esta condición los metros de construcción que eventualmente puedan anexarse al edificio original del Hotel San Rafael, en el proyecto para su preservación y reciclaje.

b) La volumetría de construcciones nuevas en altura, no podrá ser superior a dos torres. Para ese caso, la separación entre las edificaciones en altura será evaluada según el diseño final de la volumetría de la arquitectura planteada. Se considerará para ello si el enfrentamiento entre caras de volúmenes, es parcial o total, por forma o por implantación. La separación mínima no podrá ser inferior a 15m.

c) Los parámetros establecidos referidos a FOS y FOT, incluyen los metros de la edificación existente original del Hotel San Rafael.

d) El FOS máximo establecido del 30% implica la asignación de hasta un máximo de 20% para el edificio existente y su posible reforma. Dicho valor parcial podrá afectarse a la baja, hasta un mínimo de 15%, para el caso que se requiera de hasta otro 15% como máximo, para basamentos o primeros niveles de nuevas edificaciones.

10-10-2022

CCP27541T
En Venta

Precio

U$S2,200,000

25-03-2022

Superficie: 1634m2

Excelente terreno esquina frente a la Playa El Emir, impecable vista hacia los dedos y el mar de Playa Brava a solo dos cuadras de Avda. Gorlero.

Se Puede construir subsuelo, Planta Baja, 2 Pisos + Penthouse.

Se pueden construir 2500 m2
FOS 80%
Altura: 12 mts

Sobre Calle 27 49,5 mts
Sobre Calle 26 33 mts

Retiros 4 mts de frente y 3 de fondo.

25-03-2022

CCP33439T
En Venta

Precio

U$S285,000

10-10-2022

Superficie: 1002m2

Lote en venta, el terreno consta de 1002 metros cuadrados.
Excelente Ubicación , a cuadras del mar en Portezuelo, Punta Ballena.

Normas especiales:
b1) En las construcciones que se realicen en la costa de la Laguna del Diario, el nivel principal debe situarse a un metro por encima de la línea de máximas crecientes.
b2) No se autorizan bloques.
c) Dimensiones mínimas de predios: Conjuntos de unidades locativas aisladas o apareadas: 1000 m2.por unidad o par.
d) Retiros mínimos:
- frontales: 6 mts. sobre predios fiscales y 4 mts. el resto.
- bilaterales: 2 mts. debiendo su suma promedial ser Mayor a 6 mts.
- de fondo: 3 mts.
En la zona de Portezuelo, cuando la faja non edificandi de 30m ha sido fusionada a los padrones linderos a la anteplaya, las edificaciones deberán respetar 36 mts. de retiro frontal y las piscinas deberán respetar 30m de retiro frontal. (Decreto 3876 del 6 de Julio de 2010).
Los demás parámetros de edificación (FOS, FOT, etc.) se calcularán computando el área total del padrón.
e) Altura máxima: 7 mts. (PB + PA)
f) Ocupación: Se rige por la norma general de la zona 3.1 Barrio Jardín.
g) Salientes y cuerpos salientes: 1.50 mts.

Parámetros de edificación:

FOS: 30%
FOS PA: 25%
FOS SS: 70% (con un pozo absorbente de 2 m3 cada 100mc de subsuelo y siempre que el área que excede el contorno del edificio esté totalmente enterrada a una profundidad de 60 cm y su cubierta sea enjardinada respetando el FOS verde y la Ordenanza de Forestación)
FOSV: 70%
FOT: 510%

Retiros: Retiro frontal mínimo a calles, Rambla y espacios públicos: 10m.

Altura: La altura máxima admitida no podrá superar 70m de altura al exterior de la losa superior del último piso habitable más servicios (Tanques de agua, caja de escaleras y ascensores) y no es de aplicación el Art. 166°. No se permite la construcción de Penthouse por encima de los 70m de altura.

Normas Especiales:

a) Toda nueva construcción que se incorpore a la Manzana Nº 815 deberá ubicarse de la mitad del predio hacia atrás, de la dimensión que tiene la manzana, entre su límite enfrentado a la Rambla Lorenzo Batlle Pacheco y la Avda. Mar del Plata en su contrafrente, de manera que los edificios en altura, queden más próximos a la Avda. Mar del Plata. Deben dejarse libre de volúmenes edificados (nuevos), los metros cuadrados de suelo comprendidos de la mitad de la profundidad del predio hacia adelante (frente Rambla). Quedan exceptuados de esta condición los metros de construcción que eventualmente puedan anexarse al edificio original del Hotel San Rafael, en el proyecto para su preservación y reciclaje.

b) La volumetría de construcciones nuevas en altura, no podrá ser superior a dos torres. Para ese caso, la separación entre las edificaciones en altura será evaluada según el diseño final de la volumetría de la arquitectura planteada. Se considerará para ello si el enfrentamiento entre caras de volúmenes, es parcial o total, por forma o por implantación. La separación mínima no podrá ser inferior a 15m.

c) Los parámetros establecidos referidos a FOS y FOT, incluyen los metros de la edificación existente original del Hotel San Rafael.

d) El FOS máximo establecido del 30% implica la asignación de hasta un máximo de 20% para el edificio existente y su posible reforma. Dicho valor parcial podrá afectarse a la baja, hasta un mínimo de 15%, para el caso que se requiera de hasta otro 15% como máximo, para basamentos o primeros niveles de nuevas edificaciones.

Por mas información consulte con nuestros asesores.

Capital Real Estate
+598 92 445 656
capitalrealestateuy.com

10-10-2022


Total Departamentos Encontrados 5